Desde CCOO insistimos: la cantidad de visitas exigidas a los técnicos de ventas como condición obligatoria dentro del sistema de objetivos que se les aplica es un riesgo para su salud laboral y deben ser tenidas en cuenta como factor de riesgo. Exigimos medidas preventivas. Como en otras empresas, en Endesa la variable de singulares y directivos podría depender también de la satisfacción de sus equipos de trabajo.
En la última Comisión de Participación, celebrada en noviembre pasado, se presentaron los resultados obtenidos en la realización del cuestionario de Reevaluación de Riesgos de Endesa Energía y Endesa Operaciones y Servicios. De sus conclusiones resulta urgente evidenciar los casos de dos grupos de ocupación, Técnico Gestor Ventas y Responsable Experto Comercial. En ambos casos, los riesgos asociados a los epígrafes Carga de Trabajo y Supervisión/Participación han evidenciado valores muy elevados.
En relación al epígrafe Carga de Trabajo, insistimos en lo denunciado de forma reiterada: que la cantidad de visitas exigidas a los Técnicos Gestores de Ventas como condición obligatoria dentro del sistema de objetivos que se les aplica supone un riesgo para su salud laboral. Dicha imposición, pues no ha sido consensuada con los trabajadores, genera un malestar continuo y sostenido en el colectivo. Desde CCOO demandamos que esta condición sea tenida en cuenta como factor de riesgo, tal y como prevé la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de noviembre; modificada por la Ley 54/2003 de 12 de diciembre).
En relación al epígrafe Supervisión/Participación, es evidente la falta de participación de los trabajadores en el determinación, control y planificación de sus tareas diarias. Del mismo modo sucede con la percepción que de la Supervisión se realiza de una manera nociva en relación a sus condiciones laborales. Como en el punto anterior, exigimos medidas preventivas. Por ejemplo, igual que ocurre en otras empresas, que la remuneración variable de singulares y directivos se pondere en función de la satisfacción de sus equipos de trabajo.
Finalmente, queremos dejar constancia de las importantes diferencias existentes entre, por un lado, el proceso de la Reevaluación de Riesgos Psicosociales (dentro del Sistema de Gestión de la Prevención Mancomunada), y la encuesta Clima, por otro. La principal es que la Evaluación de Riesgos Psicosociales es lo único que obliga al empresario a cumplir con la legalidad, lo que no sucede con la encuesta Clima. Comisiones Obreras insiste en que la evaluación de la Salud Laboral dentro de Endesa debe realizarse en el Sistema de Gestión de la Prevención. Son los delegados de prevención y los comités de salud laboral en sus diferentes ámbitos territoriales, nunca una encuesta, los órganos legitimados en la gestión de la Salud laboral y la participación de los trabajadores.
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