La mejor garantía de preservar un modelo sindical participativo, reside en transmitir información puntual y conocimiento exacto de todas las materias que constituyen las relaciones laborales del Grupo Endesa

Uno de los pilares básicos que conforman el estilo sindical de Comisiones Obreras, es la responsabilidad de informar con agilidad y transparencia.


A partir de esta premisa y nunca en deterioro de los procesos asamblearios y la comunicación directa, presentamos este nuevo instrumento al servicio de los trabajadores/as del Grupo Endesa como reafirmación de nuestro compromiso histórico.

La puesta en marcha de esta herramienta participativa, está encaminada a proporcionar un amplio conocimiento de las materias que configuran nuestras relaciones laborales, con la finalidad de convertir al trabajador en protagonista activo en la defensa y mejora de sus derechos contractuales.


Con esta iniciativa nos proponemos facilitar una información homogénea, completa y actualizada y esperamos que nos hagais llegar vuestras consultas y propuestas, aceptando el reto de responder a ellas con la mayor celeridad posible y de forma personalizada.

Si logramos que este proyecto se convierta en algo útil para vosotros/as daremos por cumplido nuestro objetivo.

Manifiesta tu rechazo a la dirección en la encuesta Clima

En un momento tan difícil como el que vivimos en Endesa, con las tres secciones sindicales enfrentadas a la dirección y la plantilla movilizada por sus propuestas injustificablemente regresivas para el V Convenio Marco, a la dirección no se le ocurre otra cosa que “invitar” a l@s trabajador@s a participar en una nueva encuesta Clima. ¿Pero en qué realidad paralela viven los que, al servicio de Enel, están dinamitando la paz social en Endesa?

El “embajador” no es la solución para mejorar el clima laboral

Recordamos a la dirección de Endesa que la legislación española ya establece quiénes son los representantes de los trabajadores. El llamado “embajador” carece de sentido ya que no dispone de ninguna garantía para el desarrollo de sus funciones. En España el ordenamiento jurídico referente a la libertad sindical se configura a partir del art. 28.1 de la Constitución de 1978.