Liberalidad vs. derecho o mano de acero en guante de terciopelo
Ayer por la mañana recibimos una comunicación de la dirección de la empresa en la que, en un “acto de mera liberalidad” ha decidido, y citamos textualmente: “…abonar a las personas trabajadoras que, derivado de su convenio de origen vigente con anterioridad al 25 de octubre de 2000, vinieran percibiendo la ayuda de estudios o la asistencia sanitaria y que a la fecha de 1 de mayo 2022 se encuentren en activo y por tanto prestando servicios efectivos por cuenta ajena en alguna de las empresas incluidas en el ámbito funcional del V Con